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La ley obliga a los vecinos a instalar un salvaescaleras si lo pide un discapacitado (salvaescalera)

La eliminación de las barreras arquitectónicas es una de los objetivos de la nueva Ley sobre Propiedad Horizontal que recoge que si una persona con discapacidad física solicita un salvaescalera para poder acceder a las instalaciones de su casa o un edificio, la comunidad de vecinos está obligada a instalarlo.

Los derechos de los ciudadanos están cada vez más al alza y son respaldados por leyes que los aseguran en caso de que no se cumplan. Los salvaescaleras se han convertido en un derecho para todas aquellas personas que tengan necesidad de los mismos. Instalar uno está considerado como obra menor con lo que la comunidad tendrá que acometerla siempre y cuando su coste repercutido entre cada vecino no supere las 12 mensualidades de la correspondiente cuota de comunidad.

Esta modificación de la ley no afecta a la instalación de ascensores porque su precio es más alto y su instalación requiere de un acuerdo del 60% de propietarios del inmueble. El precio de un salvaescalera depende del tipo de escalera que tenga que sortear. Su precio varía si debe sortear una escalera en vertical o más horizontal, es decir, si se tuviera que modificar la estructura del portal (las más horizontales) estas obras conllevan un gasto extra al modificar el rellano del portal; mientras que las más verticales suelen ser más económicas porque el gasto extra de la obra se ahorraría. Estos salvaescaleras no solo pueden ser usados por personas con algún tipo de discapacidad, ya que las personas con movilidad reducida como los mayores pueden hacer uso del mismo para poder acceder a las instalaciones con total comodidad. Esta nueva ley ha simplificado las formas y acciones a realizar para poner en marcha las obras del salvaescalera, porque (como decíamos anteriormente) no es necesario tener el voto mayoritario de los vecinos.

Esta agilización provoca que cada vez más edificios sean accesibles con medidas menos costosas. Y es que, además, existen en determinadas comunidades autónomas e incluso localidades, ayudas y subvenciones para poder realizar esta inversión. El nuevo texto legal añade que cualquier vecino, aunque no sea propietario, puede solicitar la instalación de un salvaescaleras, teniendo la Comunidad que estudiar el caso y acceder a la petición.